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Article 13

Si Luego De Efectuar El Estudio Del Contenido De Los Documentos El Icfes Encuentra Deficiencias Que A Su Juicio No Sean De Tal Magnitud Que Justifiquen Plenamente La Emisión De Concepto Desfavorable, Podrá Devolver La Documentación A Los Interesados Par Que Si Lo Desean Introduzcan Modificaciones Del Caso

Decreto 1073 de 1980 · Por el cual se reglamenta el régimen de las instituciones no oficiales de educación superior y se dictan otras disposiciones

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01

Text of the article

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Si luego de efectuar el estudio del contenido de los documentos el ICFES encuentra deficiencias que a su juicio no sean de tal magnitud que justifiquen plenamente la emisión de concepto desfavorable, podrá devolver la documentación a los interesados par que si lo desean introduzcan modificaciones del caso. En este evento el término de dos meses previsto en el artículo anterior comenzará a contarse nuevamente a partir de la fecha de su nueva presentación.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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