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Article 8

º

Decreto 899 de 1999 · Por medio del cual se fijan las políticas para el fomento de los Programas de Telefonía Social y se reglamentan las funciones del Fondo de Comunicaciones en la materia

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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º. Ejecución de Recursos. El Fondo de Comunicaciones ejecutará los recursos de los Programas de Telefonía Social a través de

a)

Los mecanismos establecidos en la Ley 80 de 1993 y en sus decretos reglamentarios o en las normas que la modifiquen o adicionen;

b)

La celebración de convenios o contratos, que considere necesarios, para el cumplimiento de sus objetivos, con entidades encargadas del desarrollo, administración y ejecución de proyectos y con operadores de telecomunicaciones.

Parágrafo

Los recursos del Fondo de Comunicaciones podrán utilizarse para cubrir los costos de instalación, operación y mantenimiento de los Programas de Telefonía Social, y demás componentes de planes integrales de negocios de dichos programas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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