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Article 2

Ley 38 de 1939 · por la cual se autoriza la consecución de recursos destinados a aumentar el capital de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero y del Fondo Nacional de Ganadería y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Autorízase al Presidente de la República para adoptar las medidas que fueren necesarias para unificar el funcionamiento y dirección de las distintas entidades de crédito agrícola y pecuario diferente de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero; para ampliar las operaciones del Fondo Nacional de Ganadería, una vez que se haya aumentado el capital de esta entidad, y con el objeto de atender la industria agrícola que necesitan crédito a largo plazo; para autorizar al Banco Agrícola Hipotecario a que suscriba acciones en el Fondo Nacional de Ganadería, y en fin, para efectuar las operaciones financieras que fueren necesarias para conseguir los fines previstos en el presenten artículo.

De esta autorización podrá hacer uso el Presidente de la República hasta el 31 de diciembre de 1940.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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