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Article 10

Sesiones Y Quorum

Decreto 684 de 2024 · por el cual se reglamenta el Sistema Nacional para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación (SNGPDA), el Programa Hambre Cero, el Sistema Nacional de Seguimiento y Monitoreo para la Superación del Hambre y la Malnutrición (SNSMSHM) y el Observatorio del Derecho a la Alimentación y Nutrición ODAN y se transforma la Comisión intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional (CISAN).

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Sesiones y quorum . La Comisión intersectorial del Derecho Humano a la Alimentación (CIDHA) se reunirá de manera ordinaria mínimo dos (2) veces al año, previa convocatoria realizada por la Secretaría Técnica y, extraordinariamente, a solicitud del (la) Presidente (a) de la Comisión. La convocatoria a los miembros de la Comisión se hará por cualquier medio físico o electrónico, indicando el día, la hora, el lugar o la modalidad de la reunión, la Comisión podrá sesionar virtualmente. Podrá sesionar con la mitad más uno de sus miembros y las decisiones se adoptarán por mayoría simple, es decir, con la mitad más uno de los asistentes a la sesión.

Parágrafo

Lo dispuesto en este artículo no impide que el Gobierno y los demás organismos públicos, dentro del marco de sus funciones constitucionales y legales, ejerzan las facultades que les corresponden.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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