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Article 1

Ley 20 de 1930 · POR LA CUAL SE AUTORIZA UNA EMISIÓN DE PAGARÉS DEL TESORO

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Autorizase el Gobierno para emitir hasta seis millones de pesos ($ 6.000,000) en pagarés del Tesoro, que devengaran un interés del ocho por ciento (8%) anual, pagaderos por trimestres vencidos. Dichos pagares se emitirán en cuatro series, cada una por el monto de un millón quinientos mil pesos ($1.500,000), con vencimiento a dos, tres, cuatro y cinco años, contados desde la fecha de la emisión.

La amortización de estos pagares se llevará a cabo en la fecha del vencimiento de cada serie, para lo cual se incluirá la partida necesaria en la Ley de Apropiaciones de la vigencia respectiva. El Gobierno determinará el valor nominal con que han de emitirse los pagarés del Tesoro y las demás características materiales de la edición de ellos.

El Gobierno podrá contratar el servicio de amortización y pago de los intereses de los pagarés del Tesoro con el Banco de la República.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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