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Article 12

Dentro Del Área De La Zona Franca Podrán Realizarse Por Personas Naturales O Jurídicas, Nacionales O Extranjeras Domiciliadas O No En La República Las Siguientes Operaciones, Transacciones, Negociaciones Y Actividades, A Saber: 1° Introducir Toda Clase De Mercancías, Productos, Materias Primas, Envases Y Demás Efectos De Comercio Con Excepción De Los Siguientes: A) Materias Explosivas O Inflamables; B) Armas En General; C) Los Artículos Que Se Determinen En El Reglamento De La Zona Salvo Autorización Expresa Del Gobierno Nacional D) Café, Ya Sea Verde, Tostado A Cualquier, Grado, Molido O No En Forma Soluble, A Menos Que Haya Una Autorización Expresa Y Escrita Para Cada Caso, De La Federación Nacional De Cafeteros De Colombia

Decreto 2240 de 1962 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Franca Industrial y Comercial de Barranquilla

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Dentro del área de la Zona Franca podrán realizarse por personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras domiciliadas o no en la República las siguientes operaciones, transacciones, negociaciones y actividades, a saber: 1° Introducir toda clase de mercancías, productos, materias primas, envases y demás efectos de comercio con excepción de los siguientes

a)

Materias explosivas o inflamables;

b)

Armas en general;

c)

Los artículos que se determinen en el Reglamento de la Zona salvo autorización expresa del Gobierno Nacional

d)

Café, ya sea verde, tostado a cualquier, grado, molido o no en forma soluble, a menos que haya una autorización expresa y escrita para cada caso, de la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia. 2° Almacenarlos, exhibirlos, empacarlos, desempacarlos, manufacturarlos envasarlos, montarlos, ensamblarlos retinarlos, purificarlos, transformarlos, y en general operar con ellos o manipularlos en alguna forma. 3° Efectuar, en general, toda clase de operaciones, transacciones, negociaciones y Actividades autorizadas en el presente Reglamento. 4° Sólo se permitirán dentro de la Zona Franca las ventas al por mayor.

02

Constitutional history

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