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Article 40

Ley 70 de 1963 · Sobre Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 1964

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los Ministerios, Departamentos Administrativos y Establecimientos Públicos Nacionales, presentarán por conducto de los Jefes de Divisiones de Presupuesto, a la Dirección Nacional del Presupuesto y al Departamento Administrativo Nacional de Planeación y Servicio Técnicos, informes trimestrales sobre la ejecución y progreso tanto físico como financiero de cada uno de los programas por ellos desarrollados de acuerdo con las instrucciones que dicten estas entidades.

Parágrafo

Sin el cumplimiento de los anteriores requisitos el Ministerio de Hacienda -Dirección Nacional del Presupuesto-se abstendrá de darle curso a los acuerdos Mensuales, aportes, auxilios y transferencias que las anteriormente citadas entidades deban recibir del Gobierno.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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