El médico que, de acuerdo con el artículo anterior, está encargado del estudio del delincuente, deberá presentar los certificados de haber cursado en Universidad nacional o extranjera los estudios de la especialidad que le está encomendada, o haber publicado alguna obra sobre pedagogía, antropología criminal o psiquiatría y la provisión del cargo se hará por concurso que reglamentará el Ministerio de Gobierno.
Article 63
El Médico Que, De Acuerdo Con El Artículo Anterior, Está Encargado Del Estudio Del Delincuente, Deberá Presentar Los Certificados De Haber Cursado En Universidad Nacional O Extranjera Los Estudios De La Especialidad Que Le Está Encomendada, O Haber Publicado Alguna Obra Sobre Pedagogía, Antropología Criminal O Psiquiatría Y La Provisión Del Cargo Se Hará Por Concurso Que Reglamentará El Ministerio De Gobierno
Decreto 1405 de 1934 · Sobre régimen carcelario y penitenciario
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.