JurídicoESEN

Article 2.2.4.8.2

Requisitos Del Mecanismo De Equivalencias

Decreto 514 de 2025 · por el cual se reglamenta y compilan las normas del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común, contemplado en la Ley 2381 de 2024 y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Requisitos del mecanismo de equivalencias. Para poder acceder al mecanismo de equivalencia, entre el Componente Complementario de Ahorro Individual y/o Ahorro Voluntario y el Componente de Prima Media, se debe cumplir los siguientes requisitos

1.

Contar con recursos disponibles en el Componente Complementario de Ahorro Individual, y/o contar con recursos disponibles en la cuenta de ahorro voluntario, y

2.

Acreditar la edad mínima requerida para el reconocimiento de la pensión o pres­tación anticipada de vejez.

3.

No contar con el número de semanas mínimo requerido para el reconocimiento de la pensión de vejez o prestación anticipada que reclama.

Parágrafo 1

Para el cálculo del Sistema Actuarial de Equivalencias se tendrá en cuenta el siguiente orden hasta completar la cantidad mínima de semanas requeridas para acceder a una pensión integral de vejez o a la prestación anticipada de vejez establecida en el artículo 37 de la Ley 2381 de 2024

1.

Los ahorros realizados en el Componente Complementario de Ahorro Individual.

2.

Los ahorros del programa BEPS junto con sus rendimientos.

3.

Los ahorros del Pilar de Ahorro Voluntario.

Parágrafo 2

El afiliado tendrá derecho a recibir asesoría tanto de la Administradora del Componente de Prima Media Colpensiones, como de las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI), para definir, a partir de los recursos que tenga acumulados, el número de semanas que podría acreditar.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 514 de 2025