º . El numeral 7º del artículo 7º del Decreto 2359 de 1993, incorporado al numeral 7º del artículo 331 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, quedara así: "7. Organización de las divisiones de las áreas de supervisión. Las Areas de Supervisión de la Superintendencia Bancaria contaran en su totalidad con 24 divisiones. Estas divisiones serán Divisiones Integrales de Supervisión y/o Divisiones Especializadas de Supervisión, según que deban ejercer el conjunto de las funciones señaladas en los numerales anteriores o que sólo les correspondan algunas de ellas. El Superintendente Bancario, mediante acto administrativo, determinará y adscribirá a los Despachos de los Superintendentes Delegados de las Areas de Supervisión las Divisiones correspondientes y distribuirá las funciones que a ellas competen, según los objetivos, planes, programas y necesidades del servicio".
Decreto 1284 de 1994 →In force
Article 5
º
Decreto 1284 de 1994 · por el cual se crea en la Superintendencia Bancaria la Delegatura para las Entidades Administradoras de Pensiones y Cesantías, se determina la forma de ejercer las funciones de control y vigilancia y se adecúa la estructura de dicha Superintendencia
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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