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Article 15

Las Asociaciones Gremiales De Personas Que En Forma Habitual Ejerzan Alguna De Las Actividades Señaladas En El Artículo 2º Del Presente Decreto Como Propias De La Locución, Deberán Registrarse En El Ministerio De Comunicaciones, Para Lo Cual Presentarán Los Siguientes Documentos: 1

Decreto 2387 de 1983 · por el cual se reglamenta el ejercicio de la locución a través de las estaciones de radiodifusión y de la televisión.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Las asociaciones gremiales de personas que en forma habitual ejerzan alguna de las actividades señaladas en el artículo 2º del presente Decreto como propias de la locución, deberán registrarse en el Ministerio de Comunicaciones, para lo cual presentarán los siguientes documentos

1.

Un ejemplar autenticado del Diario Oficial en el cual se haya publicado el reconocimiento de la personería jurídica:

2.

Lista de los afiliados, con indicación de sus respectivas licencias, con la obligación de actualizarla anualmente en los primeros quince (15) días del mes de febrero.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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