° Delégase igualmente en el Municipio de Girardot la inversión de los fondos nacionales destinados para la adquisición del lote de terreno para la construcción del "Barrio Obrero" de dicha ciudad, los que serán entregados por conducto del Ministerio de Obras Públicas y de acuerdo con las apropiaciones presupuéstales correspondientes, al Tesorero del Municipio, quien para poderlos recibir deberá otorgar fianza a satisfacción de la Contraloría General de la República, y rendir a dicha entidad cuentas debidamente comprobadas de la inversión de los fondos, de acuerdo con los reglamentos vigentes sobre la materia o de los que para este caso dicte especialmente.
Article 3
Delégase Igualmente En El Municipio De Girardot La Inversión De Los Fondos Nacionales Destinados Para La Adquisición Del Lote De Terreno Para La Construcción Del "barrio Obrero" De Dicha Ciudad, Los Que Serán Entregados Por Conducto Del Ministerio De Obras Públicas Y De Acuerdo Con Las Apropiaciones Presupuéstales Correspondientes, Al Tesorero Del Municipio, Quien Para Poderlos Recibir Deberá Otorgar Fianza A Satisfacción De La Contraloría General De La República, Y Rendir A Dicha Entidad Cuentas Debidamente Comprobadas De La Inversión De Los Fondos, De Acuerdo Con Los Reglamentos Vigentes Sobre La Materia O De Los Que Para Este Caso Dicte Especialmente
Decreto 1045 de 1946 · por el cual se reglamenta, en parte, la Ley 238 de 1938, en cuanto la Nación contribuye a la formación del "Barrio Obrero" en la ciudad de Girardot.
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