º De conformidad con las disposiciones generales de la ley 70 de 1916, general de caminos, y las especiales de la Ley 47 de 1918, que provee a la terminación de la carretera del Carare, el Ministerio de Obras Publicas procederá á organizar dos Comisiones de ingenieros encargadas, la primera, de ejecutar los estudios completos del trazado definitivo de esa vía en la sección de Boyacá, que comprende los trayectos de Tunja a Arcabuco, de Arcabuco a Moniquita al puente de La Libertad al Vélez, de Vélez a la Guadalilo a La Cimitarra y de la Cimitarra a puerto Aquileo. Tales estudios deberán sujetarse a las instrucciones Reglamentarios sobre la materia, expedidas por el Ministerio de Obras Publicas con fecha 19 de mayo de 1917, y las Comisiones encargadas de ejecutarlos deberán terminarlos y presentar los documentos respectivos, a más tardar, dentro de los ciento veinte días siguientes a la fecha en que principien.
Article 1
De Conformidad Con Las Disposiciones Generales De La Ley 70 De 1916, General De Caminos, Y Las Especiales De La Ley 47 De 1918, Que Provee A La Terminación De La Carretera Del Carare, El Ministerio De Obras Publicas Procederá Á Organizar Dos Comisiones De Ingenieros Encargadas, La Primera, De Ejecutar Los Estudios Completos Del Trazado Definitivo De Esa Vía En La Sección De Boyacá, Que Comprende Los Trayectos De Tunja A Arcabuco, De Arcabuco A Moniquita Al Puente De La Libertad Al Vélez, De Vélez A La Guadalilo A La Cimitarra Y De La Cimitarra A Puerto Aquileo
Decreto 742 de 1919 · Por el cual se reglamenta el cumplimiento de la Ley 47 de 1918, en la parte que corresponde al Ministerio de Obras Públicas (Carretera del Carare)
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