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Article 3

Los Ministros De Gobierno Y Defensa Coordinarán Las Obras Que Habrán De Ejecutarse Por Conducto De Los Ministerios Y Demás Organismos Vinculados A La Administración Pública Y Con La Cooperación De Las Entidades Privadas Que Ofrezcan Colaborar En Esta Emergencia, Para La Pronta Reconstrucción De Las Zonas Devastadas, Atender La Situación De Desempleo, Acelerar Los Planes De Vivienda, Reforma Agraria E Integración Popular

Decreto 267 de 1967 · Por el cual se hace una declaratoria de calamidad pública

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01

Text of the article

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° Los Ministros de Gobierno y Defensa coordinarán las obras que habrán de ejecutarse por conducto de los Ministerios y demás organismos vinculados a la administración pública y con la cooperación de las entidades privadas que ofrezcan colaborar en esta emergencia, para la pronta reconstrucción de las zonas devastadas, atender la situación de desempleo, acelerar los planes de vivienda, reforma agraria e integración popular.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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