Articulo 10. Composición La Junta directiva estará integrada por: a) El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado. c) El Gerente del Instituto de Fomento Industrial o su delegado permanente, y d) Dos representantes del Presidente de la República designados para periodos anuales.
1º La Junta Directiva estará presidida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público o su delegado. a falta de éstos, la junta designará dentro de sus miembros a uno de ellos para presidirla.
2º El Gerente del Instituto Nacional de provisiones formará parte de la Junta con derecho a voz pero sin voto. De los miembros de la Junta Directiva.