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Article 2.2.4.4.5

Inembargabilidad De Los Recursos Recibidos En Dación En Pago De Aportes Pensionales

Decreto 514 de 2025 · por el cual se reglamenta y compilan las normas del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común, contemplado en la Ley 2381 de 2024 y se dictan otras disposiciones.

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Text of the article

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Inembargabilidad de los recursos recibidos en dación en pago de aportes pensionales. En virtud del artículo 81 de Ley 2381 de 2024 y el artículo 48 de la Constitución Política que establece que los recursos de las instituciones de la Seguridad Social no se podrán destinar ni utilizar para fines diferentes a ella, los bienes entregados como dación en pago o a través del mecanismo de cesión derechos para el pago de aportes pensionales de empleadores morosos que fueron declarados insolventes o sometidos a procesos liquidatarios, no son materia imponible de ninguna clase de impuestos, tasas y contribuciones de cualquier origen del orden nacional ni territorial.

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Constitutional history

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