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Article 8

Decreto 227 de 1888 · Por el cual se organiza la Contaduría departamental, y se reglamenta la contabilidad de la misma y de las Tesorerías Municipales

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Art. 8.° El examen de las cuentas de los Tesoreros municipales se contraerá : 1.° A la forma de ellos, es decir, á indagar si el sistema de Contabilidad, descripción de las partidas, y documentos que las comprueban están arreglados á las prescripciones del presente decreto. 2.° Al manejo del empleado responsable ; es decir, á averiguar minuciosamente si ha hecho con exactitud legal y matemática las liquidaciones á cargo de los deudores públicos ; si ha cobrado íntegramente el valor de dichas liquidaciones ; si se ha cargado de todos los fondos que hubiere recibido ; si ha hecho pagos sin autorización expresa, ó sobre documentos insuficientes para comprobar los derechos á los acreedores ; si ha incurrido en errores aritméticos que disminuyan falsamente el ingreso ó aumenten del mismo modo el egreso ; y, finalmente, todo lo que sea conducente á persuadir la legalidad y exactitud de las operaciones descritas en la cuenta y la pureza guardada por el respectivo empleado en la recandación é inversión de los fondos municipales.

02

Constitutional history

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