Para el registro y control de las operaciones que se realicen en cada plantel educativo, con los recursos del Fondo de Fomento de Servicios Docentes, se llevarán los correspondientes libros auxiliares contables, debidamente foliados, rubricados y sellados por la unidad fiscal, en los cuales se anotará en forma permanente, secuencial y ordenada el movimiento contable con base en los comprobantes de pago y los soportes de éstos.
Article 15
Para El Registro Y Control De Las Operaciones Que Se Realicen En Cada Plantel Educativo, Con Los Recursos Del Fondo De Fomento De Servicios Docentes, Se Llevarán Los Correspondientes Libros Auxiliares Contables, Debidamente Foliados, Rubricados Y Sellados Por La Unidad Fiscal, En Los Cuales Se Anotará En Forma Permanente, Secuencial Y Ordenada El Movimiento Contable Con Base En Los Comprobantes De Pago Y Los Soportes De Éstos
Decreto 1117 de 1987 · Por el cual se reglamenta la administración de los Fondos de Fomento de Servicios Docentes de los establecimientos educativos oficiales nacionalizados y se dictan otras disposiciones
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