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Article 2

Decreto 400 de 2008 · por el cual se reglamenta parcialmente el numeral 3.3 del artículo 6° de la Ley 1151 de 2007 y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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º . Requisitos que deben exigirse a las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado para afiliarse a las Cajas de Compensación Familiar. Las Cajas de Compensación Familiar a las que se refiere el artículo anterior sólo podrán exigir a las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado para su afiliación, el cumplimiento de los siguientes requisitos

1.

Copia de los estatutos en los que conste la facultad de afiliarse a una caja de Compensación familiar.

2.

La acreditación de su personería jurídica y allegar el certificado de existencia y representación legal de la Cooperativa o Precooperativa de Trabajo Asociado, expedido por la autoridad competente.

3.

Paz y Salvo expedido por la última Caja de Compensación Familiar a la cual haya estado afiliada la Cooperativa o Precooperativa de Trabajo Asociado o la certificación de no haber estado afiliada.

4.

Copia de la Resolución emanada del Ministerio de la Protección Social mediante la cual fueron aprobados los regímenes de compensaciones y de trabajo asociado.

5.

La relación de los cooperados y sus beneficiarios.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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