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Article 16

Funciones Del Comité Técnico Lgbtiq+ : 1

Decreto 1311 de 2025 · por medio del cual se crea y organiza el Sistema Nacional para la Garantía de los Derechos de la Población LGBTIQ+ y se dictan otras disposiciones.

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01

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Funciones del Comité Técnico LGBTIQ+

1.

Brindar el soporte técnico requerido por la Comisión Intersectorial de la Política Pública Nacional LGBTIQ+.

2.

Apoyar en el diseño las herramientas que faciliten la divulgación de los lineamientos técnicos que contribuyan al desarrollo, implementación y apropiación de la Política Pública Nacional LGBTIQ+, así como de los planes, programas y proyectos asociados a la misma.

3.

Brindar apoyo en la generación de los lineamientos para la producción estadística sobre la situación de derechos de la población LGBTIQ+, y promover mecanismos de gestión y apropiación social del conocimiento.

4.

Formular estrategias para la superación de barreras en la atención, investigación, protección y activación de rutas de acceso a la justicia y medidas de reparación ante violencias por prejuicio.

5.

Construir los lineamientos para la asistencia técnica y la representación jurídica a víctimas de violencias por prejuicio contra la población LGBTIQ+.

6.

Proponer a la Comisión Intersectorial los lineamientos para la implementación de acciones direccionadas a la transformación cultural para la prevención de violencias por prejuicio.

7.

Implementar las estrategias de territorialización que permitan orientar a las entidades territoriales en el diseño e implementación de planes, programas y proyectos y mecanismos de planeación sobre la incorporación de los enfoques de la Política Pública Nacional LGBTIQ+.

8.

Orientar la articulación y la respuesta entre el Sistema Nacional para la Garantía de los Derechos de la Población LGBTIQ+ y las iniciativas municipales y departamentales dirigidas a la prevención y atención de violencias por prejuicio y actos de discriminación hacia la población LGBTIQ+, en respeto del principio de autonomía territorial.

9.

Apoyar en el diseño de los instrumentos para el seguimiento y monitoreo de las decisiones que adopte la Comisión Intersectorial.

10.

Proponer a la Comisión Intersectorial una estrategia de evaluación interna y externa de Política Pública Nacional LGBTIQ+.

11.

Elaborar los informes periódicos semestrales del avance de compromisos.

12.

Prestar el apoyo requerido en todas las demás actuaciones y funciones de su competencia.

13.

Solicitar a la secretaria técnica de la Comisión Intersectorial de la Política Pública Nacional LGBTIQ+ la convocatoria de las Mesas permanentes y transitorias.

14.

Definir las funciones y la conformación de las mesas permanentes técnicas y transitorias del Comité.

15.

Expedir su propio reglamento, el cual deberá ser aprobado en sesión de la Comisión Intersectorial de la Política Pública Nacional LGBTIQ+.

16.

Las demás que le correspondan por su naturaleza y para dar cumplimiento a su objeto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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