° Se exceptúan de la congelación establecida en el artículo anterior, las siguientes situaciones: 1) Cuando se trate de retiros del servicio producidos en virtud de renuncia, vacancia por abandono del cargo, sanción disciplinaria y reconocimiento de pensiones de jubilación, invalidez o vejez. 2) Cuando se trate de la declaratoria de insubsistencia del nombramiento de funcionarios que se encuentran en período de prueba o escalafonados en carrera, respecto de quienes se hayan cumplido los requisitos y procedimientos legales señalados para tal efecto. 3) Cuando se trate de la declaratoria de insubsistencia del nombramiento de empleados del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, que desempeñen funciones de detectives, agentes secretos, investigadores, policía y técnicos en criminalística. 4) Cuando se efectúen incorporaciones en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto extraordinario 77 de 1987 y por el Decreto 19 de 1988. 5) Cuando se trate de la provisión de empleos vacantes por muerte de quienes venían desempeñándolos, que no fuere posible proveer mediante el traslado o la incorporación a que se refiere el numeral 4) de este artículo, caso que se acreditará mediante constancia expedida previamente por el Director Técnico del Departamento Administrativo del Servicio Civil. 6) Cuando se provean empleos cuyas funciones correspondan al cuerpo técnico de policía judicial, a la guardia penitenciaria o a técnicos en criminalística. 7) Cuando se provean empleos a través del sistema de concursos de acuerdo con las normas de carrera administrativa y del Decreto extraordinario 1290 de 1988, siguiendo estrictamente el orden de elegibilidad.
Decreto 2666 de 1990 →In force
Article 2
Se Exceptúan De La Congelación Establecida En El Artículo Anterior, Las Siguientes Situaciones: 1) Cuando Se Trate De Retiros Del Servicio Producidos En Virtud De Renuncia, Vacancia Por Abandono Del Cargo, Sanción Disciplinaria Y Reconocimiento De Pensiones De Jubilación, Invalidez O Vejez
Decreto 2666 de 1990 · por el cual se congelan las plantas de personal en la Rama Ejecutiva del Poder Público, en el orden nacional.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.