El Presidente De La Sociedad Será El Encargado De Dirigir Y Coordinar Las Actividades De La Sociedad Y De Administrar Sus Bienes Y Servicios; Para Ello Ejercerá Las Siguientes Funciones: A) Representar Legalmente A La Sociedad Ante Toda Clase De Personas Naturales O Jurídicas, Y Ante Las Autoridades Y Organismos Públicos; Y, En Ejercicio De Dicha Representación, Podrá Comprometer A La Sociedad En Toda Clase De Actos, Operaciones Y Contratos, Sin Perjuicio De La Autorización Previa De La Junta Directiva Que Sea Necesaria De Acuerdo Con Las Leyes O Con Estos Estatutos; B) Contratar Y Constituir Los Mandatarios Judiciales Y Extrajudiciales Que Requieran Los Intereses Del Banco; C) Nombrar, Contratar Y Remover Los Empleados De La Sociedad Cuya Contratación Y Remoción No Corresponda A La Asamblea General De Accionistas O A La Junta Directiva; D) Ejercer Todas Aquellas Funciones Que Le Sean Asignadas Por La Asamblea General De Accionistas O Por La Junta Directiva, Así Como Las Que Le Confieran Las Leyes, Estos Estatutos Y Aquellas Que Sean Propias De Su Cargo; E) Cumplir Y Hacer Cumplir Las Leyes, Estos Estatutos Y Las Determinaciones De La Asamblea General De Accionistas Y De La Junta Directiva Que Se Relacionen Con El Funcionamiento De La Sociedad
Decreto 2276 de 1991 · por el cual se aprueba una reforma de los Estatutos del Banco de los Trabajadores.
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Text of the article
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El Presidente de la sociedad será el encargado de dirigir y coordinar las actividades de la sociedad y de administrar sus bienes y servicios; para ello ejercerá las siguientes funciones
a)
Representar legalmente a la sociedad ante toda clase de personas naturales o jurídicas, y ante las autoridades y organismos públicos; y, en ejercicio de dicha representación, podrá comprometer a la sociedad en toda clase de actos, operaciones y contratos, sin perjuicio de la autorización previa de la Junta Directiva que sea necesaria de acuerdo con las leyes o con estos estatutos;
b)
Contratar y constituir los mandatarios judiciales y extrajudiciales que requieran los intereses del Banco;
c)
Nombrar, contratar y remover los empleados de la sociedad cuya contratación y remoción no corresponda a la Asamblea General de Accionistas o a la Junta Directiva;
d)
Ejercer todas aquellas funciones que le sean asignadas por la Asamblea General de Accionistas o por la Junta Directiva, así como las que le confieran las leyes, estos estatutos y aquellas que sean propias de su cargo;
e)
Cumplir y hacer cumplir las leyes, estos estatutos y las determinaciones de la Asamblea General de Accionistas y de la Junta Directiva que se relacionen con el funcionamiento de la sociedad.
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Constitutional history
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