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Article 1

Devolución Del Iva Por Adquisiciones Con Tarjetas De Crédito O Débito

Decreto 428 de 2004 · por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 850-1 del Estatuto Tributario.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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°. Devolución del IVA por adquisiciones con tarjetas de crédito o débito . Las personas naturales que adquieran mediante tarjetas de crédito o débito bienes o servicios sometidos al impuesto sobre las ventas a la tarifa general, tendrán derecho a la devolución de dos (2) puntos del impuesto sobre las ventas pagado. En el caso de que la adquisición de los bienes o servicios a que se refiere el inciso anterior se realice con otro tipo de tarjetas o bonos que sirvan como medios de pago, las empresas administradoras de los mismos deberán estar previamente autorizadas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de acuerdo con las condiciones técnicas que esta establezca.

Parágrafo 1

Este procedimiento será igualmente aplicable a partir del 1° de enero de 2005 para aquellas adquisiciones de bienes o servicios gravados a la tarifa del diez por ciento (10%).

Parágrafo 2

Las personas naturales que soliciten como impuesto descontable los dos (2) puntos del impuesto sobre las ventas pagado o lo soliciten como costo o gasto en su declaración de renta, no podrán hacer uso de la devolución prevista en el presente decreto.

Parágrafo 3

Cuando el adquirente de los bienes y/o servicios mediante tarjeta de crédito o débito que dan derecho a la devolución de los dos (2) puntos del IVA sea responsable del Impuesto sobre las ventas perteneciente al régimen común y dichas adquisiciones no den derecho a impuestos descontables por no ser computables como costo o gasto en el Impuesto sobre la renta, el responsable deberá llevar los dos puntos del IVA como impuesto descontable en el Impuesto sobre las ventas del período correspondiente a la adquisición de los bienes y servicios.

02

Constitutional history

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