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Article 6

Adiciónese El Parágrafo 2° Al Artículo 2

Decreto 1648 de 2014 · por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con los instrumentos que componen el patrimonio técnico de los establecimientos de crédito.

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01

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°. Adiciónese el

Parágrafo 2

al artículo 2.1.1.1.14 del Decreto 2555 de 2010, el cual quedará así: “

Parágrafo 2

° . Se podrá reconocer como interés minoritario el valor de los instrumentos constitutivos del patrimonio técnico de la entidad consolidada que sean de propiedad, directa o indirecta, de la(s) controlante(s) de la consolidante, solamente cuando la entidad que realizó la inversión de capital en la consolidada manifieste a la Superintendencia Financiera de Colombia su voluntad de no aplicar la excepción descrita en el numeral iii) del literal b) del artículo 2.1.1.1.11 del presente decreto. La voluntad de la entidad que realizó la inversión de capital en la consolidada de volver a aplicar la excepción, solo podrá llevarse a cabo un año después de recibida la manifestación inicial y requerirá de la autorización expresa de la Superintendencia Financiera de Colombia”.

Parágrafo 2

Artículo 2.1.1.1.14 DECRETO 2555 de 2010

02

Constitutional history

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