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Article 6

Decreto 219 de 2004 · por el cual se modifica la estructura de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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° . Consejo Directivo Nacional . El Consejo Directivo Nacional estará integrado por

a)

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, o su delegado, quien lo presidirá;

b)

El Ministro de Educación Nacional o su delegado;

c)

Un (1) miembro designado por el Presidente de la República;

d)

El Director de Empleo Público del Departamento Administrativo de la Función Pública;

e)

Un (1) egresado de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, elegido por los egresados;

f)

Un (1) Alcalde en representación de la Federación Nacional de Municipios;

g)

Un (1) Gobernador en representación de la Confederación de Gobernadores;

h)

Un (1) profesor de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, elegido por el profesorado;

i)

Un (1) estudiante regular de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, elegido por el estudiantado. El Director Nacional de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, asistirá al Consejo Directivo con derecho a voz, pero sin voto. El Secretario General de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, ejercerá las funciones de Secretario del Consejo Directivo.

Parágrafo

Los miembros a que se refiere los literales e), f), g), h) y i) serán designados o elegidos para períodos de dos (2) años. El ejercicio de la función está condicionado a que los miembros conserven sus calidades.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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