Artículo decimoprimero. Con el objeto de que el funcionamiento de los nuevos Consejos Comisariales pueda iniciarse el próximo 15 de enero de 1963, los Comisarios procederán de inmediato a hacer, en decreto que enviarán a la aprobación del Ministerio de Gobierno, la división del respectivo Territorio en las cuatro (4) zonas de que habla el artículo 3° de este Decreto, indicando los Municipios y Corregimientos que integran cada una, y solicitarán de los Concejos Municipales y Juntas de Fomento Corregimentales las listas de candidatos para el concejo Comisarial. Estas listas deberán ser enviadas al Ministerio de Gobierno a más tardar el 20 de diciembre del año en curso.
Decreto 3271 de 1962 →In force
Article 11
De Este Decreto, Indicando Los Municipios Y Corregimientos Que Integran Cada Una, Y Solicitarán De Los Concejos Municipales Y Juntas De Fomento Corregimentales Las Listas De Candidatos Para El Concejo Comisarial
Decreto 3271 de 1962 · Por el cual se dictan normas para la administración de las Comisarias y de los Corregimientos Intendeciales y Comisariales
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01
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02
Constitutional history
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