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Article 5

Término Para Estudiar La Procedencia Y Pago De Las Solicitudes De Recobro Y Reclamaciones Ecat

Decreto 1377 de 2012 · por el cual se reglamenta el parágrafo 1° del artículo 13 del Decreto- Ley 1281 de 2002, adicionado por el artículo 111 del Decreto-Ley 19 de 2012

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Text of the article

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°. Término para estudiar la procedencia y pago de las solicitudes de recobro y reclamaciones ECAT. El Ministerio de Salud y Protección Social o la entidad que se defina para el efecto, deberá adelantar el estudio de las solicitudes de recobro o reclamaciones ECAT con glosa única de extemporaneidad e informar a la entidad recobrante, reclamante o persona natural, el resultado del mismo a más tardar dentro de los dos (2) meses siguientes a su radicación, plazo dentro del cual, se efectuará el pago de las solicitudes que cumplan los requisitos que para el efecto defina el Ministerio de Salud y Protección Social, las condiciones establecidas en el presente decreto, así como los específicos que hayan estado vigentes a la fecha en que se consolidó el hecho que generó la obligación.

02

Constitutional history

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