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Article 44

Los Artículos Obtenidos Por Un Trabajo Mecánico Y Combinados Con Partes Sujetas A Derechos Diferentes, Adeudarán Por Completo, Según La Parte Principal, Es Decir, Por La Que Caracterice La Mercancía (Tales Como Las Manufacturas Del Metal, Los Objetos De Vidrio, Manufacturas De Madera, Etc

Decreto 160 de 1923 · Por medio del cual se reglamenta el servicio de encomiendas postales del Exterior y se resumen las disposiciones legislativas que con ese servicio tienen relación

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Los artículos obtenidos por un trabajo mecánico y combinados con partes sujetas a derechos diferentes, adeudarán por completo, según la parte principal, es decir, por la que caracterice la mercancía (tales como las manufacturas del metal, los objetos de vidrio, manufacturas de madera, etc.). Sin embargo cuando la factura no exprese desde el punto de vista de la parte principal la combinación bajo la cual se presenta la mercancía, o también, cuando la parte principal no pueda determinarse con certeza, la mercancía adeudará según su parte sujeta a mayores derechos; no se tendrán en cuenta las partes, necesarias para el empleo práctico comercial de una manera sensible. No se considerará una mercancía como combinada por el sólo motivo que contenga partes tales, como clavos, herrajes ordinarios, charnelas, cerraduras, etc., que sirvan únicamente para reunir o mantener las diferentes partes del objeto, a fijar el objeto sobre otro, a aumentar su duración, etc. Los artículos combinados de que trata el inciso anterior adeudarán como tales, aun cuando se importen desarmados o les falten partes poco importantes (artículo 6º, Ley 117 de 1913).

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Constitutional history

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