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Article 5

Formulario Único Para Inscripción

Decreto 92 de 1998 · por el cual se reglamenta la clasificación y calificación en el registro único de proponentes y se dictan otras disposiciones.

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°. Formulario único para inscripción. En los términos del artículo 22 de la Ley 80 de 1993, se adopta el formulario único de inscripción en el registro de proponentes, el cual incluirá la siguiente información

1.

Nombre o razón social y duración según el caso.

2.

Documento de identificación del proponente.

3.

Nombre, documento de identidad y facultades del representante legal.

4.

Domicilio principal y dirección para notificaciones.

5.

Número del registro (para entidades sin ánimo de lucro) o de la matrícula mercantil y cámara de comercio donde estuviere inscrito.

6.

Fecha del reconocimiento o adquisición de la personería jurídica.

7.

Profesión, fecha de grado y número de tarjeta o registro profesional. Este último si la profesión lo requiere.

8.

Información sobre multas y sanciones de los dos últimos años en términos de S.M.M.L.V.

9.

Información financiera, indicando

a)

Activo total;

b)

Activo corriente;

c)

Pasivo corriente;

d)

Pasivo total;

e)

Patrimonio neto;

f)

Ingresos operacionales.

10.

Relación de contratos indicando

a)

Todos los contratos en ejecución si los tuviere;

b)

Los 10 mejores contratos ejecutados desde el inicio de su actividad. En relación con los contratos en ejecución y ejecutados informará: La entidad contratante, el objeto del contrato, la cuantía expresada en términos de S.M.M.L.V., duración y los respectivos plazos y adiciones, la actividad, especialidad o grupo que le corresponda. Si se trata de contratos en ejecución expresará su valor en términos de S.M.M.L.V. a la fecha de inscripción. Si se trata de contratos ejecutados expresará su valor en términos de S.M.M.L.V. a la fecha de terminación del contrato.

11.

Relación del personal vinculado a la(s) actividad (es) en la que se clasifique el proponente, precisando

a)

Si se trata de socios de la empresa, personal profesional universitario, personal administrativo, tecnólogo y operativo;

b)

Tipo de vinculación.

12.

Clasificación como constructor, consultor y/o proveedor y la(s) especialidad(es) y grupo(s) correspondiente.

13.

Calificación (K) que se otorga el proponente.

14.

Actividad específica en la cual se haya obtenido la experiencia, y aquella respecto de la cual se deriven los ingresos de acuerdo a los criterios de clasificación.

15.

Relación de equipo y su disponibilidad, descripción detallada del mismo, con las especificaciones técnicas y el lugar de ubicación.

Parágrafo

El formulario anteriormente señalado será único para todos los proponentes y deberá utilizarse también para las renovaciones, actualizaciones, modificaciones y cancelación de la inscripción. A los proponentes sólo les será exigible suministrar la información que por su condición corresponda.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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