º Siempre que se trate del transporte de carga de importación en las vías navegables, los empleos encargados de la percepción del impuesto fluvial exigirán, además de los documentos que acrediten el pago de éste, la presentación de la guía a que se refieren los artículos 140 y141 de la Ley 85 de 1915. Esas guías serán visadas con las firmas de los empleados que asuman la responsabilidad del embarque de la carga, y en el libro especial, día por día, se anotarán con las especificaciones que contengan.
Article 1
Siempre Que Se Trate Del Transporte De Carga De Importación En Las Vías Navegables, Los Empleos Encargados De La Percepción Del Impuesto Fluvial Exigirán, Además De Los Documentos Que Acrediten El Pago De Éste, La Presentación De La Guía A Que Se Refieren Los Artículos 140 Y141 De La Ley 85 De 1915
Decreto 1362 de 1918 · Por el cual se establece en las vías fluviales un requisito para el transporte de la carga de importación
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