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Article 4

Período De Los Representantes

Decreto 2561 de 1993 · por el cual se reglamenta el funcionamiento del Consejo Superior de Desarrollo Urbano, Vivienda Social y Agua Potable.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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° Período de los representantes. Los representantes principales y suplentes de las asociaciones gremiales del sector, privado tendrán Un período de dos (2) años contados a partir de la fecha de instalación del Consejo superior de Desarrollo Urbano, Vivienda Social y Agua Potable.

Parágrafo transitorio

El Ministro de Desarrollo Económico comunicará a las asociaciones gremiales del sector privado respectivo la conformación del Consejo Superior de Desarrollo Urbano, Vivienda Social y Agua Potable, para que elaboren las ternas de que trata este Decreto. Si al término de diez (10) días de remitida la comunicación no se hubiere enviado la correspondiente terna provisionalmente el Ministro de Desarrollo económico designará para el acto de instalación al representante del respectivo sector.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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