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Article 43

La Empresa Nacional De Telecomunicaciones Seguirá Disfrutando De Los Privilegios Y Derechos Que Las Leyes Y Disposiciones Vigentes Le Han Concedido, Y Por Consiguiente Su Patrimonio, Utilidades, Bonos Que Emite, Y Las Operaciones Que Ejecute Seguirán Exentas De Impuestos Nacionales, Departamentales Y Municipales, Y De Toda Clase De Contribuciones O Participaciones, Y Continuará Con La Misma Organización Autónoma De Que Disfruta En La Actualidad, Y Su Administración Se Realizará De Acuerdo Con Lo Establecido En Los Presentes Estatutos

Decreto 2935 de 1966 · por el cual se aprueban los estatutos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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La Empresa Nacional de Telecomunicaciones seguirá disfrutando de los privilegios y derechos que las leyes y disposiciones vigentes le han concedido, y por consiguiente su patrimonio, utilidades, bonos que emite, y las operaciones que ejecute seguirán exentas de impuestos nacionales, departamentales y municipales, y de toda clase de contribuciones o participaciones, y continuará con la misma organización autónoma de que disfruta en la actualidad, y su administración se realizará de acuerdo con lo establecido en los presentes estatutos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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