Art. 3.° Los documentos de que trata el artículo 6.° de la lei 60 de 1878,-3 de julio, llevarán respectivamente la denominacion de " Pagarés del Tesoro " i " Libranzas contra las Aduanas " que allí se espresan i su texto será el siguiente : Pagaré del Tesoro. Los Estados Unidos de Colombia reconocen la suma de $... la cual es admisible en el 50 por 100 de la parte libre de los derechos de importacion (40 por 100 del producto bruto) i en el 50 por 100 de la parte libre (40 por 100 del producto bruto) de la sal que se venda en las salinas nacionales (Lei 60 de 1878). El Secretario del Tesoro i Crédito nacional, El Tesorero jeneral, (En el reverso irá la firma del Director del Crédito nacional). Libranzas contra las Aduanas. Los Estados Unidos de Colombia reconocen al portador la suma de $... la cual es admisible en las Administraciones de Aduanas i en la Tesorería jeneral en pago del 25 por 100 del producto bruto de la renta de Aduanas. La presente Libranza gana desde esta fecha el interes del 6 por 100 anual (Lei 60 de 1878). El Secretario del Tesoro i Crédito nacional, El Tesorero jeneral, (El reverso llevará la firma del Director del Crédito nacional).
Decreto 317 de 1878 →In force
Article 3
De La Lei 60 De 1878,-3 De Julio, Llevarán Respectivamente La Denominacion De " Pagarés Del Tesoro " I " Libranzas Contra Las Aduanas " Que Allí Se Espresan I Su Texto Será El Siguiente : Pagaré Del Tesoro
Decreto 317 de 1878 · En ejecución de la lei 60 de 1878, 3 de julio reformatoria de la 11 i la 67 de 1877
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.