Los programas de estudios serán elaborados en función de los objetivos asignados a la Enseñanza Media Comercial, de acuerdo con el proceso siguiente: 1.- Fundamentación del programa para cada asignatura o grupos de asignaturas afines. 2.- Programas sintéticos para cada asignatura. 3.- Programa analítico que incluirá, a más del contenido, indicaciones didácticas y bibliografía para profesores y alumnos, y estará precedido de los respectivos objetivos específicos. 4.- Distribución del programa en unidades de trabajo, a título de orientación y guía. 5.- Orientación a los profesores sobre selección y elaboración de textos escolares. CAPITULO VIII Intensidad horaria y año lectivo.
Decreto 2117 de 1962 →In force
Article 21
Los Programas De Estudios Serán Elaborados En Función De Los Objetivos Asignados A La Enseñanza Media Comercial, De Acuerdo Con El Proceso Siguiente: 1
Decreto 2117 de 1962 · Por el cual se determina el plan de estudios para el Bachillerato Técnico Comercial, y se dictan otras disposiciones sobre educación media comercial
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.