° Con cargo a los dineros que entregue el Gobierno Nacional, en cumplimiento a lo mandado por la Ley 96 de 1962, o a los que anticipe el Instituto para tal fin, éste podrá adelantar programas de vivienda con la ayuda financiera de otras entidades, con destino a los periodistas, o conceder préstamos para la construcción de viviendas a quienes sean propietarios de lotes urbanos aptos para la construcción de vivienda.
Article 6
Con Cargo A Los Dineros Que Entregue El Gobierno Nacional, En Cumplimiento A Lo Mandado Por La Ley 96 De 1962, O A Los Que Anticipe El Instituto Para Tal Fin, Éste Podrá Adelantar Programas De Vivienda Con La Ayuda Financiera De Otras Entidades, Con Destino A Los Periodistas, O Conceder Préstamos Para La Construcción De Viviendas A Quienes Sean Propietarios De Lotes Urbanos Aptos Para La Construcción De Vivienda
Decreto 998 de 1964 · Por el cual se reglamenta la Ley 96 de 1962
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Constitutional history
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