JurídicoESEN

Article 2.2.12.6.3

Participación De Los Consejos Comunitarios En Los Consejos De Cuencas De Los Territorios Colectivos Adjudicados, En Trámite U Ocupados Ancestralmente De Forma Regular O Permanente

Decreto 1076 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Participación de los Consejos Comunitarios en los consejos de cuencas de los territorios colectivos adjudicados, en trámite u ocupados ancestralmente de forma regular o permanente. Para la conformación de los Consejos de Cuencas de que tratan los artículos 2.2.3.1.9.1. y 2.2.3.1.9.2. del Decreto 1076 del 2015, cuando se trate de cuencas hidrográficas que invo lucren los territorios colectivos adjudicados, en trámite u ocupados ancestral y/o tradicionalmente por las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, se garantizará la participación con voz y voto de los delegados de los Consejos Comunitarios que existan en la respectiva cuenca hidrográfica objeto dé ordenación.

Los aspectos relacionados con la elección de los delegados por parte de los consejos comunitarios, serán reglamentados por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. La anterior participación no sustituye la consulta previa.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1076 de 2015