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Article 9.9

Circular 100-000020 de 2026 · Circular Externa 100-000020 de 2 de julio de 2026

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Oficiales de Cumplimiento principal y suplente El Oficial de Cumplimiento es la persona natural que cuenta con las competencias, liderazgo, conocimientos, autonomía, imparcialidad, independencia y aptitudes específicas que le permiten implementar, ejecutar y supervisar el cumplimiento de los Circular externa procedimientos específicos de prevención, actualización y mitigación de los riesgos asociados a LA/FT/FP y C/ST. El Oficial de Cumplimiento dependerá directamente de la junta directiva o el máximo órgano social, en caso de que no exista junta directiva, y así deberá reflejarse en la estructura organizacional del Sujeto Obligado. Esto asegura que el Oficial tenga la autonomía necesaria para realizar sus funciones de manera efectiva y que sus informes y recomendaciones sean tomados en cuenta por la alta dirección. El Oficial de Cumplimiento suplente, tendrá las mismas funciones del principal, en caso de presentarse faltas absolutas o temporales por parte del Oficial de Cumplimiento principal, para ello deberá cumplir con las mismas calidades y requisitos que han sido establecidos para la designación de este último. En el ejercicio de sus funciones, el Oficial de Cumplimiento contará con autonomía, imparcialidad e independencia, con el fin de garantizar una adecuada gestión y administración de los factores de riesgo de LA/FT/FP y C/ST, para lo cual debe estar en capacidad de tomar decisiones, contando con el apoyo de la alta gerencia de la compañía. En la ejecución de su rol, el Oficial de Cumplimiento analizará la información y resultados obtenidos de la ejecución del sistema que servirán de insumo para la toma de decisiones por los órganos decisorios del Sujeto Obligado. En línea con lo anterior, el representante legal y la junta directiva o máximo órgano en caso de no existir junta directiva, deberán disponer de las medidas y recursos operativos, financieros, físicos, tecnológicos que sean necesarios para que el Oficial de Cumplimiento pueda desarrollar sus labores de manera adecuada.

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Constitutional history

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