Artículo segundó. En la determinación de las cuotas a que se refiere el artículo anterior, se incluirá un porcentaje i de aquella producción que los ingenios deban entregar a los | caficultores o a terceros. , en virtud de contratos en los cuales se pacten pagos en especie. Los ingenios quedan obligados a retener y entregar al Idema y a nombre de los beneficiarios de dichos contratos, las cantidades o porcentajes que se les señalen, los cuales no podrán ser inferiores a las proporciones de las necesidades requeridas para un amplio i abastecimiento del consumo nacional, en relación con la producción total nacional de azúcar.
Decreto 2882 de 1974 →In force
Article 2
Decreto 2882 de 1974 · Por el cual se establece el Cuadro Ocupacional de Servicios Técnicos de Tránsito Aéreo del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.