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Article 1

Transferencia Del Subsidio Familiar De Vivienda Urbana A Cuentas De Ahorro

Decreto 3960 de 2011 · por el cual se establece la transferencia de recursos del subsidio familiar de vivienda urbana a cuentas de ahorro a favor de sus beneficiarios en las bolsas de recuperadores de residuos reciclables, afectados por situación de desastre, calamidad pública o emergencia, damnificados por atentados terroristas, hogares que tengan como miembro a concejales que pertenezcan a municipios de categorías 4, 5 y 6, postulación de ahorro programado contractual con evaluación crediticia favorable y de los Concursos de Esfuerzo Territorial Nacional y Departamental.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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°. Transferencia del Subsidio Familiar de Vivienda Urbana a cuentas de ahorro. En los casos de subsidios familiares de vivienda urbana, asignados por el Fondo Nacional de Vivienda, Fonvivienda, en las modalidades de adquisición de vivienda nueva, usada, construcción en sitio propio y arrendamiento, definidas en la normatividad vigente, a los hogares beneficiarios a través de las bolsas de recuperadores de residuos reciclables, afectados por situación de desastre, calamidad pública o emergencia, damnificados por atentados terroristas, hogares que tengan como miembro a concejales que pertenezcan a municipios de categorías 4, 5 y 6, postulación de ahorro programado contractual con evaluación crediticia favorable y de los Concursos de Esfuerzo Territorial Nacional y Departamental, la entidad otorgante podrá abrir una cuenta de ahorro a nombre del beneficiario y transferir la totalidad del valor del subsidio familiar de vivienda urbana asignado. Para efectos de la movilización de estos recursos de la cuenta de ahorro al oferente o al encargo fiduciario, el giro sólo se efectuará, previa autorización de la entidad otorgante, en los términos y condiciones establecidos en el Título V del Decreto 2190 de 2009 y las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.

Parágrafo

La transferencia de que trata este decreto se sujetará a la disponibilidad presupuestal de los recursos, la apertura de la cuenta de ahorro, la aprobación del programa Anual Mensualizado de Caja, PAC, y al situado de fondos por parte de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio deberá dar prioridad al pago de las obligaciones a que hace referencia el presente decreto, con el cupo de -PAC- básico comunicado y asignado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

02

Constitutional history

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