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Article 2

A Partir De La Vigencia Del Presenta Decreto Únicamente Tendrán Automóvil Asignado En Forma Personal, Los Siguientes Funcionarios: Presidente De La República

Decreto 628 de 1963 · Por el cual se reglamenta la distribución y utilización de los vehículos oficiales de propiedad de la Nación

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01

Text of the article

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°. A partir de la vigencia del presenta Decreto únicamente tendrán automóvil asignado en forma personal, los siguientes funcionarios: Presidente de la República. Ministros del Despacho. Jefes de Departamento Administrativo Presidente de la Corte Suprema de Justicia. Presidente del Consejo de Estado. Procurador General de la Nación. Comandante General de las Fuerzas Militares. Comandante del Ejército. Comandante de la Fuerza Aérea. Directos de la Policía Nacional.

Parágrafo

Con excepción del Presidente de la República, limitase a uno (1) el número de automóviles asignados en forma personal a los funcionarios mencionados en el presente artículo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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