Reserva para estabilización . Con patrimonio del Fondo se constituirá una cuenta denominada “Reserva para estabilización”. Esta reserva se formará con los recursos que ingresen al Fondo, en el nivel que determine el Comité Directivo. Cuando al final de un ejercicio presupuestal, se presente superávit en dicha cuenta, este se deberá aplicar, en primer lugar a cancelar el déficit de ejercicios anteriores y en segundo término, a constituir o incrementar los recursos de la misma cuenta con el propósito de garantizar su destinación exclusiva a la estabilización de los respectivos precios. (Decreto número 569 de 2000, artículo 12)
Decreto 1071 de 2015 →In force
Article 2.11.4.12
Reserva Para Estabilización
Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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