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Article 540

El Auto De Proceder Contendrá Dos Partes: Una Motiva Y Otra Resolutiva

Decreto 250 de 1958 · Junta militar de gobierno- por el cual se expide el código de justicia penal militar

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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El auto de proceder contendrá dos partes: una motiva y otra resolutiva. La parte motiva contendrá lo siguiente

a)

Una narración breve de los hechos, con indicación del mayor número de datos personales del sindicado, en cuanto ello fuere posible;

b)

La enumeración y análisis de las pruebas que demuestren el cuerpo del delito y de aquellos en que se funde la imputación hecha al procesado;

c)

La calificación genérica del hecho, con indicación de las circunstancias conocidas que lo especifiquen;

d)

Un comentario razonado a las solicitudes que hayan hecho las partes. La parte resolutiva del auto de proceder contendrá el llamamiento a juicio del sindicado por el delito correspondiente el que se determinará con la denominación genérica que le dé el Código en su correspondiente Título o Capítulo, sin determinar dentro del género de delito la especie a que pertenezca, ni señalar el artículo especial que se considere violado.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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