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Article 6

Ley 2608 de 2026 · Por medio de la cual se fortalece la legislación frente a la lucha contra la trata de personas, se combate el uso de medios digitales para la consecución del delito y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Modifíquese el artículo 5o de la Ley 985 de 2005, el cual quedará así:

Artículo 5o. De la prevención. El Estado colombiano, a través del Gobierno nacional, de sus instituciones judiciales y de policía, y de las autoridades nacionales y territoriales, tomará medidas y acciones preventivas contra la trata de personas. Así mismo, el Ministerio del Interior en coordinación con el Ministerio de Educación Nacional diseñarán e implementarán, en un plazo no superior a seis (6) meses a partir de la promulgación de la presente Ley, una campaña nacional de prevención articulada con todas las entidades, planes, programas y proyectos de prevención de la trata de personas, que tendrá en cuenta la protección de los Derechos Humanos, las formas de captación en los entornos físicos y digitales, como una de sus causas fundamentales; las finalidades y modalidades del delito, así como los factores que aumentan la vulnerabilidad de la trata, entre ellos la desigualdad, la pobreza y la discriminación en todas sus formas, y atenderá la diversidad cultural y étnica de las posibles víctimas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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