JurídicoESEN

Article 37

Decreto 2112 de 1992 · por el cual se reestructura el Instituto Colombiano Geográfico "Agustín Codazzi".

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Corresponde a la Oficina Jurídica de la Dirección General del Presupuesto Nacional el ejercicio de las siguientes funciones

a)

Asistir a las distintas dependencias de la Dirección, en los asuntos jurídicos relacionados con el sistema presupuestal del Presupuesto General de la Nación;

b)

Asesorar al Director General del Presupuesto Nacional en los asuntos legales relacionados con este despacho;

c)

Recopilar y mantener actualizadas las normas, la jurisprudencia y los conceptos legales de índole presupuestal y fiscal con el fin de atender las consultas al respecto;

d)

Preparar los proyectos de ley, decretos y resoluciones que se requieran, para el eficiente y eficaz manejo del sistema presupuestal y del Presupuesto General de la Nación de acuerdo con las instrucciones del Director General del Presupuesto Nacional;

e)

Preparar y emitir conceptos jurídicos en los plazos señalados por la Ley, sobre consultas relacionadas con la aplicación del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación y demás normas que lo reglamenten o adiciones;

f)

Enviar a la Unidad Jurídica en los formatos fijados por ésta los extractos de los asuntos a su cargo, para ser incorporados en el Banco de Datos;

g)

Representar al Ministro de Hacienda y Crédito Público ante las autoridades judiciales y administrativas, en los procesos que se lleven a cabo contra actos que afecten a la Dirección General del Presupuesto Nacional, previa delegación o disposición del Ministro; j. Las demás que le sean asignadas por el Director General del Presupuesto Nacional de acuerdo a la naturaleza de sus funciones; 4.0.4 De la División de Coordinación Administrativa

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2112 de 1992