Consultas previas a la aplicación de la salvaguardia especial. Al adoptar medidas de salvaguardia con arreglo al artículo 71 del presente decreto, se deberá brindar a los miembros interesados la oportunidad de celebrar consultas con el país, acerca de las condiciones de aplicación de tales medidas. Cuando se adopten medidas de salvaguardia especial por precios, el Ministerio de Comercio Exterior, avisará al Comité de Agricultura de la OMC mediante escrito en el que incluirá los datos pertinentes, dentro de los diez días siguientes a la aplicación de la primera de tales medidas o de la primera medida de cualquier período si se trata de productos perecederos o de temporada. CAPITULO V Procedimiento y competencias
Decreto 152 de 1998 →In force
Article 79
Consultas Previas A La Aplicación De La Salvaguardia Especial
Decreto 152 de 1998 · por el cual se establecen los procedimientos y criterios para la adopción de medidas de salvaguardia general, salvaguardia de transición para productos comprendidos en el acuerdo sobre textiles y el vestido y, salvaguardia especial para productos agropecuarios.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.