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Article 1

Decreto 220 de 1902 · Que aumenta unas asignaciones

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01

Text of the article

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Art. 1.° Mientras dore turbado el orden público, los aneldos de los empleados del Ministerio de Guerra serán los siguientes, sin sobresueldo alguno: Del Ministro, mil seiscientos pesos Mensuales $ 1,600 De Los Subsecretarios, mil pesos mensuales cada uno 1,000 De Los Jefes De Sección Y del Oficial Mayor, setecientos pesos cada uno 700 De Los Subjefes De Sección, seiscientos pesos cada uno 600 Del Tenedor De Libros, en la Sección 3.°Seiscientos pesos 600 Del Habilitado De la Sección 4ª, Seiscientos pesos 600 El Ayudante De éste, cuatrocientos pesos 400 Del Instructor De la Sección 4.ª Quinientos pesos 500 De los Oficiales primeros y segundos, inclusive los supernumerarios, quinientos pesos cada uno 500 De los Escribientes, inclusive los supernumerarios, cuatrocientos pesos cada uno 400 Del Portero, trescientos pesos 300

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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