º Las asimilaciones de que trata el Decreto número 2277 del 14 de septiembre de 1979 surtirán los efectos fiscales previstos en tal norma a partir del 1º de enero de 1980, siempre que el educador presente antes de esta fecha el formulario de solicitud distribuido para tal efecto por los rectores y directores de establecimientos, debidamente diligenciado. Para quienes presenten el formulario de solicitud después de 1º de enero de 1980, siempre que el educador presente antes de esta fecha el formulario de solicitud distribuido para tal efecto por los rectores y directores de establecimientos, debidamente diligenciado. Para quienes presenten el formulario resolicitud después del 1º de enero de 1980, la asimilación surtirá efectos fiscales a partir de la fecha de presentación del formulario.
Article 1
Las Asimilaciones De Que Trata El Decreto Número 2277 Del 14 De Septiembre De 1979 Surtirán Los Efectos Fiscales Previstos En Tal Norma A Partir Del 1º De Enero De 1980, Siempre Que El Educador Presente Antes De Esta Fecha El Formulario De Solicitud Distribuido Para Tal Efecto Por Los Rectores Y Directores De Establecimientos, Debidamente Diligenciado
Decreto 2620 de 1979 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto Extraordinario número 2277 de 1979, en Relación con el Proceso de Asimilaciones al Nuevo Escalafón Nacional Docente
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