El personal de carrera de dedicación exclusiva y en la categoría de profesor asociado o superior a ésta, tendrá derecho, cada seis años de servicio cumplido, a recibir de la institución su sueldo durante un año completo fuera de servicio, siempre que continúe en una labor científica- investigativa o de estudio dedicada a la institución o conveniente para ella. Los Consejos Médico y Académico reglamentarán la forma de otorgar este beneficio.
Article 74
El Personal De Carrera De Dedicación Exclusiva Y En La Categoría De Profesor Asociado O Superior A Ésta, Tendrá Derecho, Cada Seis Años De Servicio Cumplido, A Recibir De La Institución Su Sueldo Durante Un Año Completo Fuera De Servicio, Siempre Que Continúe En Una Labor Científica- Investigativa O De Estudio Dedicada A La Institución O Conveniente Para Ella
Decreto 468 de 1961 · Por el cual se aprueban los estatutos del Hospital Militar - Centro Médico Colombiano de Estudios para Graduados
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Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.