JurídicoESEN

Article 3

Tanto El Gobernador Del Departamento Del Atlántico Como El Alcalde Del Municipio De Barranquilla, Podrán Celebrar Contratos Para La Ejecución De Las Obras Que Respectivamente Les Correspondan De Acuerdo Con El "plan De Fomento Para El Atlántico"

Decreto 656 de 1953 · Por el cual se confieren unas autorizaciones y se dictan otras disposiciones encaminadas al desarrollo del Plan de Fomento para el Atlantico

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

° Tanto el Gobernador del Departamento del Atlántico como el Alcalde del Municipio de Barranquilla, podrán celebrar contratos para la ejecución de las obras que respectivamente les correspondan de acuerdo con el "Plan de Fomento para el Atlántico". Los contratos que celebre el Gobernador en uso de esta autorización, serán sometidos a la aprobación del Gobierno Nacional, previo concepto favorable fiel Consejo de Ministros. Los que celebre el Alcalde del Municipio de Barranquilla, serán sometidos a la aprobación del Gobernador, cuando su cuantía no exceda de cien mil pesos ($ 100.000.00); los de cuantía superior a dicha cantidad, se someterán además, a la aprobación del Gobierno Nacional.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 656 de 1953