JurídicoESEN

Article 11

Consejo Académico Nacional

Decreto 164 de 2021 · por el cual se modifica la estructura de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP).

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Consejo Académico Nacional. El Consejo Académico Nacional, máxima autoridad académica de la ESAP, estará integrado por

1.

El director Nacional, quien lo presidirá;

2.

El subdirector Nacional Académico, quien lo presidirá en ausencia del director Nacional;

3.

El subdirector Nacional de Investigaciones;

4.

El subdirector Nacional de Proyección Institucional;

5.

Un representante de los coordinadores académicos de las direcciones territoriales, elegido por ellos, por convocatoria del Director Nacional, para un período de dos (2) años;

6.

Dos (2) representantes de los profesores de carrera docente elegidos por los profesores de carrera, uno por la sede central y otro por las direcciones territoriales, para un período de dos (2) años, por convocatoria del Director Nacional;

7.

Dos (2) estudiantes regulares, uno por la sede nacional y otro por las direcciones territoriales, elegidos por los estudiantes para un período de dos (2) años, por convocatoria del Director Nacional.

Parágrafo

El subdirector Nacional de Servicios Académicos de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, actuará como secretario del Consejo Académico Nacional.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 164 de 2021